¿Mi póliza mi cubre sin conduzco medicado?

¿Mi póliza mi cubre sin conduzco medicado?

¿Usted tomaría media botella de cualquier bebida alcohólica y luego subiría a su coche para conducir a casa? Probablemente la respuesta sea muy obvia. Es altamente conocido que la conducción bajo efectos del alcohol, psicotrópicos, estupefacientes u otras drogas, representa un peligro para usted, su familia y los otros ocupantes de las vías. 

Ingentes campañas informativas se han presentado al público sobre los riesgos de conducir bajo los efectos de sustancias alteradoras de la consciencia. De hecho, las sanciones legales para un conductor intoxicado en alcohol o drogas, son quizá las más severas de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, van desde pérdidas de puntos del carnet de conducir, su decomiso, retención del vehículo, multas monetarias o incluso penas de prisión. 


La conducción bajo los efectos de los medicamentos

Sin embargo, hay un factor que ha sido dejado de lado y que resulta igualmente riesgoso para el conductor y su entorno: La conducción bajo efectos de medicamentos de libre compra. 

Cuando un médico nos receta un medicamento como tratamiento de una enfermedad o cuando lo compramos en la farmacia, estos profesionales pueden advertirnos sobre los riesgos de conducir bajo efectos de dichos medicamentos. Incluso, si leemos los prospectos de los medicamentos, la gran mayoría advierten sobre los efectos que pueden incapacitar o disminuir la habilidad física y mental para conducir

De hecho, los medicamentos que afectan la capacidad de conducir, se dividen en tres categorías desde Categoría I: “Tenga cuidado no conduzca sin haber leído este folleto”; Categoría II: “Tenga mucho cuidado, no conduzca sin el consejo de un profesional médico”  y Categoría III: “Atención, peligro. No conduzca”.


Accidentes y medicamentos

Ahora bien, ¿Por qué a pesar de las advertencias hechas, aun siguen habiendo accidentes causados por la ingesta de medicamentos incapacitantes? Las razones son variopintas. En primer lugar (y al igual que con el alcohol y drogas ilícitas) la inconsciencia del conductor es una de las razones más constantes.

No obstante, hay otro factor importante: La ignorancia. Tan solo en España y según estudios realizados por Aegon, el 52% de la población, se automedica. Esta cifra es extremadamente preocupante, pues, las consecuencias en lo concerniente a la conducción, es que ningún profesional de la salud les advierte de los efectos de la medicación que consumen. 

Por otro lado, es de intuir que la lectura previa del prospecto del medicamento, tampoco se realiza y se desconoce el efecto discapacitante del medicamento en la conducción. Empero, es una máxima legal: “la ignorancia de la ley no exime su cumplimiento”, es decir, argüir que no conocemos el efecto del consumo de un medicamento no nos escurre de culpa en el evento de un accidente vial. Sobretodo, en los casos de aquellos medicamentos que pueden detectarse en exámenes posteriores por su concentración en sangre, saliva o exudado; tal es el caso de los medicamentos derivados de opioides, psicotrópicos o inductores de sueño.


La visión de las aseguradoras

Las empresas aseguradoras, están al tanto de esta situación y aplicarán las cláusulas que inhiben de su responsabilidad pecuniaria al momento de resarcir los daños causados por un accidente de tráfico

Las pólizas de seguro, son un contrato entre la empresa aseguradora y el cliente. Como todo contrato, tiene una serie de condiciones, límites y exclusiones de obligaciones. 

La culpabilidad del tomador de la póliza en un accidente a causa de impericia, imprudencia o dolo, es una causa común de exención de obligación de pago.  Más aún, el consumo de un medicamento incapacitante sin previa prescripción médica, no funciona como atenuante de pena en el caso de existir lesiones físicas, fallecimientos o daños materiales productos del accidente. Aunque la aseguradora, pueda cubrir los gastos médicos o materiales causados por el accidente. Sin embargo, se reservan la capacidad de trasladar estos costes al conductor culpable. 

Como ya lo hemos dicho (y a pesar que aún sea una de las primeras causas de accidentes viales) las campañas informativas sobre el riesgo de conducir bajo efectos del alcohol o drogas, han tenido efectos positivos en la seguridad vial. Sin embargo, el riesgo de conducir bajo efectos de medicamentos incapacitantes han pasado muy por debajo de la mesa. Es necesario informar a la población sobre estos riesgos e iniciar una mejor concientización del riesgo de conducir bajo efectos de ciertos medicamentos.  Debes tener en cuenta que existen razones médicas que incapacitan para la conducción. Si un conductor esta incapacitado el seguro no se responsabilizará de los daños.